El Tribunal Supremo ha absuelto a un hombre del delito de agresión sexual por el que había sido condenado a 12 años de prisión porque la única prueba de cargo es el testimonio de la víctima, que tiene una minusvalía del 65% por retraso mental. Contra ese testimonio estaba el del acusado, que dijo que la relación fue consentida. La investigación sólo se puso en marcha cuando se vio que la mujer estaba embarazada, cuando era imposible reunir más pruebas de la posible agresión. Ahí se demuestra una vez más la necesidad de denunciar inmediatamente este tipo de delitos.
Sin embargo, basándose en la sentencia anulada, el Supremo ha condenado al acusado a cuatro años de prisión y diez de alejamiento de la víctima por un delito de abuso sexual, al considerar que el retraso mental de la mujer era evidente y que el hombre se aprovechó de la minusvalía para abusar de ella. Puedes leer aquí las dos sentencias (pdf).
miércoles, 12 de noviembre de 2008
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