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lunes, 14 de marzo de 2011

De cómo los políticos miran hacia otro lado ante la corrupción

Así comienza el artículo Corrupción: ¡indignaos!, escrito por el eurodiputado de UPyD Francisco Sosa Wagner y la catedrática de Derecho Administrativo Mercedes Fuertes y publicado en El Mundo, sobre lo mucho que podrían hacer y no hacen las administraciones contra la corrupción:
Corrupción: ¡indignaos!
Vivimos asediados por noticias de escándalos y denuncias de corrupción que nos trasladan desde la estupefacción hasta el asco como en un tiovivo endemoniado. Son siempre asuntos delicados que tienen consecuencias muy visibles sobre los dineros públicos y, si miramos el turbio vaso del déficit, advertiremos que en su fondo se halla depositado el légamo de estas prácticas.

Cuando existen indicios de delito, hay tribunales penales que se ocupan de ello. Actúan de acuerdo con sus pausados ritmos, pues ya sabemos que hay plazos en el mundo judicial que se asemejan a los plazos bíblicos o incluso a los geológicos. Pero todo sea bienvenido porque es el sacrificio que ha de arder, en un Estado de Derecho, en el pebetero de las garantías de los ciudadanos.

Dejando aparte a la jurisdicción penal, la pregunta que conviene formular es si el ordenamiento (ojo, no el ordeñamiento) jurídico contiene otros instrumentos de defensa de la legalidad y del buen hacer que no se están activando o se están activando de manera deficiente. En concreto: ¿ha de quedarse la Administración paralizada ante episodios que claramente le resultan lesivos y perjudiciales como organización colectiva que es llamada a gestionar los intereses generales? ¿Ha de ser la Administración el Bártolo del rossiniano Barbero de Sevilla que se queda como una estatua “fría e inmóvil”?

Los estudiosos sabemos que esos instrumentos existen...
(lee aquí el artículo completo).

martes, 28 de diciembre de 2010

El ‘caso Fabra’, otro éxito del abogado Boix

El sobreseimiento del grueso del caso Fabra por prescripción, decidido por la Audiencia de Castellón, supone un nuevo hito en la carrera del penalista Javier Boix, gran conocedor de la maquinaria judicial y, por tanto, de sus errores. Este catedrático de Penal de la Universitat de València se ha convertido en el rescatador de políticos implicados en casos de corrupción, a los que salva de las garras de la Justicia ahorrándoles la difícil -a veces imposible- tarea de demostrar su inocencia. El atajo de Boix consiste en la búsqueda de errores formales con los que anular el proceso. En el caso Fabra se ha mostrado, además de astuto, calculador: Javier Boix sabía desde hacía meses, puede que años, que a pesar de la investigación y del ruido mediático, faltaba una denuncia formal que iniciara el procedimiento por los delitos fiscales del presidente de la Diputación de Castellón, pero calló y dejó seguir la tramitación -siete años dura ya- dilatándola con todo tipo de recursos y peticiones. Cumplido el plazo legal de la prescripción y con Carlos Fabra a las puertas de la sala de vistas, Boix destapó sus cartas el pasado mes de junio y pidió el sobreseimiento. (puedes leer todo el artículo en mi otro blog)

jueves, 19 de noviembre de 2009

Cómo detener a los piratas del 'Alakrana'

Parece que se da por imposible la captura de los secuestradores del atunero Alakrana desde el momento en que alcanzaron la costa con el botín. El comandante de la Marina Real británica John Harbour, portavoz de la operación Atalanta, justificó que no se les fuera a perseguir en tierra porque "sería muy difícil identificarlos", que es una manera como otra cualquiera de decir que todos los negros son iguales. Sin embargó estos piratas han pasado 47 días a bordo del barco, en el que deben de haber dejado más que suficientes rastros de ADN y huellas dactilares, además de que han convivido con 36 marineros que sin duda alguna se habrán quedado con la cara de más de uno.

Por lo tanto, procede que el juez Santiago Pedraz reclame a la Armada española todos restos físicos y huellas que a buen seguro habrá recabado antes de que el Alakrana llegue a las Seychelles, y elabore un perfil de cada uno de los secuestradores -hasta 63 se repartieron el dinero del rescate-, con el fin de que cuando la Armada intercepte alguna lancha pirata compruebe si alguno de los detenidos estuvo en el atunero y lo mande a la Audiencia Nacional.

Procede asimismo que la Fiscalía negocie con los abogados defensores de los dos piratas detenidos una rebaja de la petición de condena si colaboran y cantan los nombres y domicilios de sus compañeros. Y por supuesto, procede que los dos piratas sean juzgados en España y cumplan la pena aquí. Si hubo algún pacto al respecto con los piratas huidos, ya no hay ningún motivo para cumplirlo.

viernes, 9 de octubre de 2009

Sobre el presunto violador Roman Polanski

No entiendo la controversia generada por la detención del director de cine Roman Polanski por la presunta violación de una adolescente de 13 años hace tres décadas. No entiendo a quienes tachan de injusta la actuación de la Policía suiza, que ha cumplido un mandamiento judicial de busca y captura dictado cuando el presunto delincuente, que había confesado su crimen y estaba en libertad condicional, huyó de Estados Unidos para no ser juzgado. Entiendo a los cineastas, amigos y admiradores que creen en su inocencia, pero no a los que exigen su liberación inmediata. Entiendo a su víctima, que reitera que fue violada por Polanski pero pide que se archive el caso porque ya llegó a un acuerdo extrajudicial con él. Si se archiva o no se archiva, si es condenado o absuelto, lo tendrá que decidir un juez o un jurado. Pero con él presente. Como todo presunto delincuente, y más tratándose de un delito tan grave como el que se le atribuye (haber drogado y violado vaginal y analmente a una adolescente), Polanski debe ser puesto a disposición del juzgado en el que no compareció hace 31 años.

lunes, 13 de julio de 2009

La prisión por deudas sigue aplicándose en España

La prisión por deudas, proscrita en nuestro Código Penal y en los tratados internacionales desde hace muchos años, se sigue aplicando en España. Un hombre en paro va a ingresar mañana martes en prisión por no pagar la pensión a su ex mujer e hijos, según publica Levante. No conozco el caso, más allá de lo publicado, ni me pronuncio. Sólo recalco que la prisión por deudas continúa vigente.

miércoles, 6 de mayo de 2009

Construir dos edificios donde iba un cámping no es delito, es un asunto administrativo

La Audiencia de Castellón ha estimado que no existe delito alguno en la construcción de dos edificios con más de 400 apartamentos sobre un suelo calificado de uso terciario y destinado a un cámping en Oropesa del Mar, según ha publicado El País. Estaban acusados de prevaricación el alcalde, tres concejales y el arquitecto municipal.

Según esta información, la aprobación de este proyecto contaba con tres informes desfavorables y uno, el del arquitecto imputado, favorable. El tribunal afirma que "sólo puede ser castigado como autor de un delito de prevaricación la autoridad o funcionario que conozca con clara seguridad la ilegalidad de la resolución", y que en este caso los informes desfavorables no eran vinculantes. La Audiencia concluye que es un asunto administrativo, ya que "el derecho penal solamente se ocupará de la sanción a los ataques más graves a la legalidad".

En resumen, el alcalde y los concejales tenían indicios (tres informes) de que construir dos edificios en un lugar reservado para un cámping es ilegal, pero no cometieron delito al no conocer "con clara seguridad" la ilegalidad de su resolución, puesto que se fiaron del informe favorable del arquitecto municipal, acusado también de prevaricación.

No entiendo cómo hay tanto alcalde, concejal e incluso arquitecto pringado en los tribunales por delitos urbanísticos, con lo fácil que es cometer un error en lugar de un delito. Sólo hay que seguir estos pasos: el arquitecto redacta el informe favorable, el alcalde y los concejales firman la ilegalidad y el tribunal la bendice.

lunes, 17 de noviembre de 2008

Tibias medidas contra la lacra de la corrupción

El proyecto de endurecimiento del Código Penal para determinados delitos, aprobado el viernes por el Consejo de Ministros, vuelve a ser tibio con una de las grandes lacras de la sociedad española: la corrupción. El proyecto apenas aprueba elevar de dos a tres años el mínimo de condena por cohecho y amplía la responsabilidad de los políticos y funcionarios en los delitos urbanísticos.

El resultado es que casi todos los corruptos están en la calle y la sociedad no percibe ese tipo de delincuencia como un delito grave. Más aún si a los pocos que condenan a prisión la administración penitenciaria les concede un tercer grado extraordinario para que salgan rápidamente, como ha ocurrido con el juez Estivill o como pasó en su día con el ex alcalde y ex consejero Luis Fernando Cartagena. Ser corrupto en España sigue saliendo casi gratis.

martes, 30 de septiembre de 2008

Más castigo penal por tener pornografía infantil

El fiscal general del Estado, Cándido Conde Pumpido, ha propuesto varias reformas del Código Penal, entre las que destaco y comento estas dos:

1. Pornografía infantil. Se solicita el agravamiento de las penas en los casos de tenencia de pornografía infantil para consumo propio, ya que se ha constatado que quien comienza como mero consumidor a menudo se convierte en productor o distribuidor de este material.
Este disparate jurídico será muy aplaudido, dado el asco que nos produce este tipo de delincuentes, pero, ¡ojo!, lo que Pumpido propone es que se castigue más a todos los voyeurs de porno infantil porque "a menudo" acaban siendo productores o distribuidores. Por la misma regla de tres, habrá que endurecer las penas para los camellos (posibles futuros traficantes), ladronzuelos (posibles futuros atracadores) y acosadores sexuales (posibles futuros violadores). Todos son futuros grandes delincuentes mientras no se demuestre, con el tiempo, lo contrario.

2. Violencia machista. Se propone que se incluyan los "casos en los que un hombre desea tener una relación sentimental con una mujer y ésta no lo acepta", dado que al no existir relación sentimental previa no se puede aplicar al agresor las penas previstas en el Código Penal para los casos de violencia de género.
Otra metida de pata del legislador, que se dejó fuera este evidente caso de violencia machista.

miércoles, 28 de mayo de 2008

No hay discriminación hacia el hombre

Ya está publicada la esperada sentencia del Tribunal Constitucional que considera que la mayor pena prevista para el hombre maltratador que para la mujer maltratadora no vulnera el artículo 14 de la Constitución, el de la igualdad y no discriminación por razón de sexo, etc. Es larga, pero merece la pena leer los argumentos jurídicos que respaldan el controvertido artículo 153 del Código Penal, cuestionado por muchos jueces. De hecho, la sentencia del Constitucional ha sido de las más ajustadas de su historia, con siete votos a favor y cinco en contra, aunque sólo se redactaron cuatro votos particulares (de Vicente Conde, Javier Delgado, Ramón Rodríguez Arribas y Jorge Rodríguez-Zapata) debido al repentino fallecimiento, antes de entregar el suyo, del magistrado Roberto García-Calvo.