miércoles, 8 de abril de 2009

Otra interpretación de la prescripción a favor del delincuente

El juez ha ordenado dejar en libertad a Pepe el del Popular, presunto autor de una apropiación indebida de 36 millones de euros de clientes de ese banco en 1991, al entender que el delito de apropiación indebida por el que se le buscaba ha prescrito. La explicación, según diversos medios, es la siguiente (copiado de Público):

"En un auto notificado ayer a las partes personadas en el caso, el Juzgado de Instrucción número 3 de Santander establece que el plazo de prescripción de los delitos que se imputan a Pepe es de diez años, cuando en el auto anterior sostenía que era de 15. La diferencia estriba en el delito de apropiación indebida. En su decisión anterior, el juez manejaba un plazo de prescripción de 15 años porque entendía que procedía aplicar a Pepe la modalidad agravada de este delito, por haber múltiples perjudicados. Sin embargo, a sugerencia del propio Ministerio Fiscal, el juez instructor ha aceptado ahora que no cabe hablar de múltiples perjudicados, sino sólo de uno: el propio Banco Popular".

En otras palabras, que cuando el Banco Popular indemnizó al centenar de clientes presuntamente estafados por su empleado, estaba sin saberlo beneficiando al delincuente al quedarse la entidad como única perjudicada a ojos de la Justicia.

Una Justicia, la española, que puede ser lenta, estar mal dotada y cometer errores, pero que a garantista no le gana nadie. Ya lo demostró el Tribunal Constitucional absolviendo a dos conocidos estafadores (condenados por el Supremo) alegando que el delito había prescrito por un día. Prescripción pro reo para los ladrones de guante blanco, mientras que para los terroristas y asesinos se inventaron la doctrina Parot. Es decir, que los jueces cuando quieren, pueden.

0 comentarios:

Publicar un comentario

Escribe aquí tu comentario