Enlazo aquí, por si la quieres leer, la sentencia que condena al director de la Cadena Ser, Daniel Anido, y al jefe de informativos, Rodolfo Irago, por revelación de secretos al haber publicado en la web de la emisora un listado con los nombres de 78 militantes del PP afiliados irregularmente a ese partido en Villaviciosa de Odón (Madrid).
Son interesante los argumentos del juez (o "Tribunal" como se refiere a sí mismo en el texto), porque demuestran que el papel timbrado lo aguanta todo, incluso la afirmación de que "la protección constitucional al derecho a la información se refiere a los medios de comunicación social (televisión, radio o prensa escrita), pero, debe matizarse, internet no es un medio de comunicación social en sentido estricto, sino universal" (página 18). Y yo que pensaba que se refería a los periodistas.
Ni que decir tiene que no la comparto.
jueves, 24 de diciembre de 2009
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Yo tampoco lo comparto, me parece bastante errada la decisión...
ResponderEliminarCreo que una cosa es dar la noticia como periodistas en su canas especializado y otra es hablarlo por otro lado.
ResponderEliminarEs un tema bastante escabroso...al y al cabo la decisión final la tienen los tribunales
ResponderEliminarEsto no formaría parte de lo que es la censura periodística?
ResponderEliminarSí, entiendo que el tema no es nada sencillo, lo que yo creo es que los periodistas tienen que hacer su trabajo, que es informar, si tienen los datos confirmados hicieron bien en publicarlos.
ResponderEliminarLa verdad, es un tema bastante complejo para comentar asi libremente
ResponderEliminary si era algo irregular, por qué se los sanciona?
ResponderEliminarEs un tema con el que los periodistas tienen que lidiar continuamente por informar los que otros no quieren que se sepa.
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